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Sólo Andalucía · simulación gratuita

Calculadora del Impuesto de Sucesiones en Andalucía

Calcula cuánto podría corresponderte pagar a ti, como heredero o legatario, con la normativa de Andalucía para fallecimientos desde el 1 de enero de 2022. Te enseñamos el cálculo paso a paso y qué reducciones se aplican, cuáles no y cuáles dependen de requisitos que hay que comprobar.

Es gratuita. El cálculo se hace en tu navegador y tus respuestas no nos llegan; para ver el resultado te pediremos tu nombre, tu correo y tu teléfono. Es una simulación orientativa; si quieres, después un abogado puede revisar tu caso.

Cargando la calculadora…

Normativa utilizada: Andalucía · fallecimientos desde 01/01/2022 · motor revisado 23/09/2026 (versión AND-MC-2022.1).

Qué tiene en cuenta la calculadora

  • La tarifa, los coeficientes y la bonificación del 99 % de Andalucía (Ley 5/2021).
  • Las reducciones por parentesco, discapacidad, vivienda habitual, seguros de vida, empresa familiar y participaciones, sólo si se cumplen sus requisitos.
  • El valor de referencia del Catastro para los inmuebles y la parte que era realmente de la persona fallecida.
  • El ajuar doméstico con el criterio del Tribunal Supremo, las deudas y los gastos que la ley deja restar.
  • El usufructo y la nuda propiedad, con el tipo medio efectivo, y las donaciones anteriores acumulables.
  • Los plazos: el fin de los seis meses y si todavía se puede pedir la prórroga.

Lo que no calcula automáticamente

  • Fallecimientos anteriores al 1 de enero de 2022, que tienen otras reglas.
  • Casos con normativa de otra comunidad autónoma, régimen foral (País Vasco y Navarra) o elementos internacionales.
  • Explotaciones agrarias, bienes del Patrimonio Histórico, seguros anteriores a 1988 y otros supuestos que exigen documentación: los marca para revisión.
  • Donaciones: el Impuesto de Donaciones tiene otras reglas y no se calcula aquí.

Una simulación, no una autoliquidación

Esta herramienta realiza una simulación orientativa a partir de los datos que introduces y de la normativa seleccionada para la fecha del fallecimiento. No constituye una autoliquidación oficial ni una liquidación de la Agencia Tributaria de Andalucía.

El importe definitivo puede variar por la valoración fiscal de los bienes, la composición y adjudicación final de la herencia, deudas y gastos acreditados, seguros, usufructos, donaciones anteriores, reducciones, bonificaciones y otras circunstancias que requieran documentación o comprobación.

Si quieres que nos encarguemos, la tramitación del impuesto cuesta desde 350 € IVA incluido en un caso sencillo de Andalucía y en los demás te damos un presupuesto cerrado antes de empezar. Ver el servicio del Impuesto de Sucesiones.

¿Prefieres que lo revise un abogado?

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