Impuesto de Sucesiones
¿Has recibido una notificación de Hacienda por una herencia?
Solicitar revisión de la notificaciónCada notificación tiene sus plazos según lo que sea. Mira el plazo que figura en ella y apunta la fecha en que la recibiste. Enviarnos el formulario no presenta alegaciones ni recursos y no suspende ningún plazo.
Antes de nada: mira el plazo de tu notificación
Cada notificación tiene sus plazos
Una notificación de la Administración tributaria puede ser un requerimiento, una propuesta de liquidación, una liquidación u otro acto, y cada tipo tiene plazos distintos. Mira el plazo que figura en ella y apunta la fecha en que la recibiste: los plazos dependen de esa fecha.
- Contra una liquidación se puede presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación (artículos 223.1 y 235.1 de la Ley General Tributaria).
- Una liquidación notificada entre los días 1 y 15 del mes se paga, en periodo voluntario, hasta el día 20 del mes siguiente; si se notificó entre el día 16 y el último del mes, hasta el día 5 del segundo mes siguiente. Si ese día no es hábil, hasta el siguiente hábil (artículo 62.2 de la Ley General Tributaria).
- Recurrir una liquidación no suspende su pago: para que se suspenda hay que aportar una garantía. Si no se paga en plazo ni se suspende, se cobra con recargo (artículos 224.1 y 233.1 de la Ley General Tributaria).
El formulario no para el reloj
Enviarnos el formulario no presenta alegaciones ni recursos, y no suspende ni amplía ningún plazo. Si el plazo está a punto de vencer, además de enviarlo, llama o escribe por WhatsApp al 664 546 777.
Qué conviene tener a mano
- La notificación completa, con todas sus páginas.
- La fecha en que la recibiste y, si lo tienes, el justificante de recepción: el aviso del correo certificado o el de la notificación electrónica.
- Quién la envía (por ejemplo, la agencia tributaria de tu comunidad autónoma) y el número de expediente o de referencia que figure en ella.
- Si ya se presentó el Impuesto de Sucesiones: la autoliquidación o declaración presentada y su justificante.
- Los documentos de la herencia que tengas: el certificado de defunción, el testamento o la declaración de herederos y, si la hay, la escritura de herencia.
No hace falta que nos mandes la notificación con el formulario: si necesito verla, te diré cómo enviármela de forma segura.
Cómo te ayudo con la notificación
Para quién es
- Has recibido de la Administración tributaria, por carta o por vía electrónica, una notificación relacionada con una herencia: un requerimiento, una propuesta de liquidación, una liquidación u otro acto.
- No sabes qué es, qué plazo tiene o qué conviene hacer.
- Si todavía no se ha presentado el impuesto y lo que necesitas es presentarlo, mira el Impuesto de Sucesiones.
- Si la persona fallecida residía en Álava, Bizkaia, Gipuzkoa o Navarra, o si ella o los herederos no residían en España, indícalo en tu solicitud: pueden aplicarse normas y trámites distintos.
Qué incluye
- Revisar los datos que nos envías y ponerme en contacto contigo.
- Explicarte qué tipo de notificación es, qué plazo tiene y qué opciones hay.
- Si me lo encargas, preparar y presentar la respuesta que corresponda, con el precio acordado antes y por escrito.
Qué no incluye
- Presentar alegaciones o recursos sin que me lo hayas encargado antes.
- Lo que haya que pagar a la Administración (el impuesto, los intereses o los recargos), que se paga aparte.
- La gestión del resto de la herencia, que se presupuesta aparte.
Qué necesitamos de ti
- Tu nombre, tu correo electrónico y, si quieres, tu teléfono.
- La fecha en que te llegó la notificación y quién te la ha enviado.
- Si quieres, una breve descripción de lo que dice.
- No adjuntes la notificación en el formulario: si necesito verla, te diré cómo enviármela de forma segura.
Precio
Depende de la notificación y de lo que haya que hacer. Si hay que actuar, antes de empezar te envío una propuesta con el precio por escrito, y el encargo sólo se formaliza si la aceptas y firmas la hoja de encargo.
Qué pasa después
- Nos envías el formulario con los datos de la notificación.
- Reviso los datos y me pongo en contacto contigo. Si necesito ver el documento, te digo cómo enviármelo de forma segura.
- Si hay que actuar, te envío una propuesta con el precio por escrito.
- Si la aceptas, firmamos la hoja de encargo y preparo la respuesta.
Quién presta el servicio
Iván Pizarro López, abogado colegiado nº 4.863 del ICA de Córdoba, bajo la marca HolaHerencia. Más sobre quién te atiende.
Cuéntanos qué notificación has recibido
Con estos datos veo de qué tipo de notificación se trata y qué conviene hacer.
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